EL PARROCO
Pláticas doctrinales y morales para todos los domingos y fiestas principales del año acomodadas al evangelio de cada dia, para uso de los señores curas y demás ministros de la divina palabra, por el M.R.P. FR FELIPE ECHEVERRIA Carmelita descalzo, Ex-Difinidor General, Calificador del Santo Oficio, Examinador Sinodal del Arzobispado de Zaragoza, individuo de la Real Sociedad Aragonesa y escritor de su Orden
La matanza de Inocentes
".....Efecto es este de la sabia Providencia del Señor, responde el mismo santo [San Basilio]. Muere un niño, ó por los pecados de sus mismos padres, como sucedió al hijo de David nacido de un adulterio. Muere en castigo de los mismos padres, porque por demasiado amor amor á él le roban á Dios el que le deben. Por eso dice San Ambrosio permitió el Señor se consumase el sacrificio de Jepte, porque su padre la amaba con exceso, y quiso no muriese Isaac, porque Abraham amaba mas a Dios, que á su hijo. Muere un niño, porque quizá siendo grande sería un dogal para sus padres, dándoles mil disgustos por el desarreglo de su vida. A eso atribuye S. Juan Crisóstomo la muerte de los niños inocentes de Belen, de los que muchos si hubieran vivido, hubieran contribuido á la crucifixîon, y muerte del Salvador de la vida. Estas obras que nos conturban, efectos son de la misericordia del Señor, aunque ocultos a nuestro conocimiento."
págs 52-53 Tomo I
Pena de Muerte
En este quinto precepto se prohibe toda injusta muerte, y derramamineto de sangre de un hombre. Con razón se dice injusta muerte, porque puede muy bien matarse á un hombre sin que sea injustamente, y lo mismo mutilar sus miembros, y derramar su sangre. Asi pues, las autoridades, que egercen las veces de Dios único dueño de la vida y. de la muerte, y juzgan las causas de los malhechores, les es licito, y aun debido, quitar la vida cuando lles senñala esta pena. Lo tiene asi mandado Señor en muchas partes de su Escritura ; y el cap. 7. de Josué leemos, que cl mismo mandó apedrear á un soldado, por haber robado unas alhajas en el sitio, y toma de Jericó, contra el expreso orden que habia dado.
Y á la verdad , que si un médico cuyo oficio es procurar la salud del cuerpo humano, corta impunemente un miembro podrido, que podía inficionar á todo él.: los jueces, que ta'n destinados para. la conservácion , y bien todo de el pueblo; que. se ha confiado á su gobierno; con mas razón están obligados á quitar de él aquellos miembros, que le son perjudicpales. Tampoco quebrantan este precepto aquelos que dan la muerte al agresor, que da indicios de atentar contra su vida ; guardando las de de moderacion, que prescribe una defensa inculpada, y no teniendo otro modo con que poder evadir la muerte, que le amenaza. No debemos juzgar así, y tan generaImente con los agresores de los bienes temporales. La Iglesia condenado varías proposiciones, que aseguraban poderse quitar la vida al que nos quería quitar una corta cantidad : si esta es grande, es ópinion bastante probable que puede matarse al ladron en su defensa, y mas si perdidos aquellos bienes le habia de faltar su subsistencia aql dueño, pues esntonces era lo mismo robarle robarle, que matarle. No obstante; la vida de un hombre es demasiado precio, y que a mi juicio sobrepuja á todas las riquezas temporales: y asi es menester pesar bien las ciurcunstancias, antes de dar muerte al injusto agresor de tales bienes, sean de la clase que sean. El cap.22 del Exódo distingue el ladrón nocturno cuya muerte la pone por lícita, y se supone tambien agresor de la vida; y al ladrón de día: al que no permite se le mate por particulares. ¡Que instrucción nos da Dios en ese mandato!
De todo esto se colige, que no es lo mismo matar á un hombre que quebrantar este precepto, que solo prohibe el homicidio, ó muerte injusta.....
Pág 189-191 del Tomo II
¿Y que derechos goza el Rey sobre sus pueblos? (.......) El Rey, pues dice San Pablo, es ministro de Dios para vengar con el castigo a los que obran mal.
Asi pues, la carcel, el destierro, el presidio, los azotes, la confiscación, y la muerte, son penas justamente establecidas contra un vasallo inobediente, díscolo, tumultuario, ladrón, homicida, infiel a la Religion y a su Rey.....
Pág. 88 Tomo III
Segunda edición, con licencia. Zaragoza, Imprenta de Francisco Magallón, año 1829
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