UN PASO MAS EN EL TEMA DESAPARECIDOS
Por Roberto Bogorja
En la noche del jueves, el Presidente Jorge
Batlle dio a conocer el resultado de la investigación que la
llamada Comisión Para La Paz realizó durante estos
dos últimos años.
“De esta manera consolidamos un proceso
que comenzara legalmente cuando a principios de 1985 se votó
en el parlamento amnistías para detenidos políticos y
terminamos con este informe de la Comisión para la Paz”, fueron
sus palabras.
Tras destacar la labor de la mentada comisión
y del “apoyo implícito de todos los uruguayos”, en forma desinteresada
y más allá de cualquier idea o punto de vista personal,
indicó que el Informe da “una información precisa del
destino de los 26 desaparecidos en el doloroso tiempo que vivió
el Uruguay en el pasado.”
“Hemos ido paulatinamente y con certezas
en la conducta resolviendo nuestras diferencias, cauterizando nuestras
heridas, aprendiendo a convivir entre nosotros, sintiendo que seremos
siempre libres en la medida en que todos por igual respetemos las leyes
“
A partir de este sinceramiento que se produce
al convalidar el informe producido por la Comisión para la Paz,
se abren nuevas instancias. Por un lado el Poder ejecutivo intentará
resolver por medio de nuevas leyes, decretos o reglamentaciones los
vacíos que quedan. Por el otro los familiares de los desaparecidos
reclamarán ante la justicia por los delitos ocurridos, si bien
manifestaron su beneplácito por la actitud de Batlle al crear
esta Comisión.
Legalmente los desaparecidos no pueden
ser declarados muertos al no tener poder comprobarse el hecho, con lo
que existen una serie de problemas de índole civiles, sucesorios,
etc. Para ello el Gobierno emitiría un decreto en el cual se
declare como muertos a los desaparecidos y un proyecto de ley para modificar
el Código Civil en el que se crea la figura de “ausentes por
desaparición forzada”.
La Comisión llegó a la conclusión
de que los 26 desaparecidos en Uruguay, “fueron sometidas a apremios
físicos y torturas en centros clandestinos de detención
y fallecieron sea como consecuencia de los castigos recibidos o como
consecuencia directa de actos y acciones tendentes a provocar su muerte
en algún caso excepcional”, “La fecha de sus muertes pone de
manifiesto que la mayoría de ellas se verificaron después
de que la sedición había sido desarticulada y derrotada
y cuando sus integrantes se hallaban detenidos en establecimientos”,
establece que sus cuerpos “habrían sido exhumados hacia fines
del año 1984, incinerados o cremados mediante la utilización
de calderas u hornos de fabricación informal alimentados con
formas adicionales de combustión y arrojados finalmente al Río
de la Plata, en una zona cercana al barrio Paso de la Arena, que ha
sido ubicada y señalada con precisión”. Aseverando también
que “no puede ni debe confirmar esa información” y “simplemente
“ la transmite ya que “merecen a esta altura una explicación
más clara y contundente sobre el destino de los restos”. Si bien
la misma “ha sido ratificada por distintas y múltiples
fuentes”.
“Una vez que se ha afectado la propia vida
de una persona, no hay reparación posible”, pero “ por una simple
valoración jurídica que impone al Estado la obligación
de reparar íntegramente los daños que provocaron las actuaciones
ilegales e ilegítimas de sus agentes” se debería
“reparar patrimonialmente” a “aquellas familias de personas desaparecidas
en nuestro país que no han cobrado a la fecha indemnización
alguna por los hechos que se reconocen en el informe final”